En el período de expansión de los reinos cristianos peninsulares sobre territorios conquistados al Islam los reyes realizaron numerosas donaciones de tierras a las Ordenes Militares, como pago a su contribución guerrera y garantía de su posterior defensa.
En el caso de Archena, tras una efímera entrega a don Rodrigo López de Mendoza, el infante don Alfonso, futuro rey Alfonso X, concedió la villa a la Orden de San Juan, en la persona de su Comendador frey Guillén de Mondragón, el 15 de julio de 1244. El Cronista de Archena, Manuel E. Medina, ha analizado las duras condiciones impuestas por la Carta de Población con la que se pretendía facilitar la repoblación. La Orden de San Juan tenía la jurisdicción espiritual y temporal y, aunque en principio el territorio de Archena era suyo, salvo algunas zonas en las que ejercía el control directo, la inmensa mayoría de las tierras quedaban arrendadas. Los arrendatarios podían enajenarlas a otras personas, siempre que en el documento de traspaso se estipulara la obligación de mantener la renta anual que debía pagarse a la Orden.
Dos fueron las instituciones fundamentales para el control de la burocracia en España durante la Edad Media y la Moderna: los juicios de residencia y las visitas. Los primeros obligaban a todo funcionario (incluidos los virreyes) a dar cuenta de su actuación al término del mandato. Para realizar la residencia se nombraba un Juez, que se trasladaba al lugar donde había ejercido el administrador y publicaba a bombo y platillo la apertura del juicio, pudiéndose presentar ante él todos los que tuvieran agravios o acusaciones acerca de la gestión del funcionario saliente. Las visitas eran juicios de residencia realizados antes del final del mandato, normalmente cuando había sospechas de mal funcionamiento o corrupción.
Las Ordenes Militares adoptaron también este sistema de visitas para controlar el funcionamiento de sus propiedades, agrupadas en Encomiendas o bailías a cuyo frente estaba el comendador. Archena constituía una encomienda junto a Calasparra y la Dehesa de Cortes de Alcaraz, en Albacete. De forma periódica se nombraban visitadores generales, elección que recaía en comendadores ajenos a la encomienda a visitar, para asegurar su ecuanimidad. Las visitas tenían una periodicidad aproximada de cuatro años y servían para comprobar el estado en que se encontraban todos los bienes de la encomienda. Se partía de las notificaciones de la anterior visita y a su término se daban las oportunas recomendaciones o preceptos, tanto al comendador, como al prior y vicario, para mejorar las deficiencias halladas. De todo ello se levantaba acta notarial y se hacían dos copias, una para Consuegra (cabeza del Priorato o Provincia de Castilla) y la otra para la isla de Malta en donde residía el Maestre de la Orden. No quedaba por tanto ninguna copia en el Archivo Municipal, pero actualmente se pueden consultar algunas de estas Visitas gracias a la reciente adquisición de microfilmes procedentes de Consuegra y conservados en el Archivo Histórico Nacional[1].
La más antigua de las visitas llamadas de "apeos" data del año 1579 y, su finalidad era precisamente... hazer apeo y averiguación de señorio y jurisdicción preeminencias derechos y açiones rentas censos y propiedades..., así como memorial e información de las livertades derechos e sanciones servicios diezmos y otras.
Archena contaba entonces con cien vecinos, lo que equivale a algo menos de cuatrocientos cincuenta habitantes. Tenía una iglesia, y los mojones que deslindaban el término con los de las vecinas villas, se visitaban cada año. Entre las preeminencias del comendador o del alcalde mayor [2] recogidas explícitamente en esta visita está el otorgar licencias y donaciones de tierras para arroz y solares para casas, dejando muy claro que esto no corresponde a otra persona ni concejo. El comendador nombraba también al prior de la iglesia y al sacristán, mientras que correspondía al Concejo abonarle el salario. Confirmaba las elecciones que celebraba anualmente el Concejo saliente, formado por dos alcaldes ordinarios y dos regidores, para elegir a sus sucesores y a los oficiales del Concejo[3]. Entre otros muchos derechos derivados de la Carta de Población, podemos citar el cobro del diezmo de todos los cultivos y frutas, de la seda y todas las cosas que se cogían, de los ganados, de todas las heredades que se vendían y la veintena de las mercadurías que compraban y vendían los forasteros en la villa. Los vecinos también pagaban a la Orden con una prestación personal, trabajando en sus tierras un día al año si tenían mula, y dos si eran peones [4]. Contaba la Orden con un molino harinero, otro para cocer que estaba caído, un horno, diversos bancales y moreras, un moreral y un soto de alameda en qual ay unos Baños naturales con dos cuerpos de casa, dos cámaras para guardar los diezmos con sus caballerizas debajo y un cobertizo donde todos los vecinos y otras personas llevan sus diezmos que estan en la plaza de la villa, lindando, con el horno nuevo y con el cortijo de la Orden. También una venta en el camino real de Castilla a Murcia.
El memorial redactado era leído a varios vecinos, que, actuando como testigos, juraban ante el escribano...que todas las cosas contenidas en el son y pertenecen... a la Orden de San Juan y sus Comendadores. Posteriormente el pregonero, de viva voz en la plaza pública, daba cuenta del edicto. También por edicto se convocaba a apeadores y amojonadores, para deslindar las tierras de la Encomienda y hacer la visita de ojos de todas las propiedades. Al no presentarse voluntarios, el alcalde ordinario, Francisco de Aledo, nombró a dos de manera forzosa, bajo amenaza de multa.
En la visita analizada el comendador parece estar de acuerdo con todo, y no se recogen recomendaciones, pero en otras posteriores sí hay numerosas indicaciones sobre inmuebles que deben ser reparados, libros que deben estar mejor llevados, o, incluso sobre la necesidad de que el Prior de la Iglesia resida en la villa y no en Madrid, como ocurría con demasiada frecuencia.
[1] Archivo Municipal de Archena Caja: 3804, doc. 2
[2] Alcalde Mayor: delegado del comendador nombrado cada año y encargado básicamente de la administración de justicia en primera instancia
[3] Trabajadores del Ayuntamiento, que podríamos asimilar a los funcionarios actuales
[4] Este impuesto en forma de prestación personal era conocido como DULA y se aplicaba especialmente a los moriscos
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