De acuerdo al art. 4 de la Ley 25/2013 de 27 de diciembre de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable en el sector público que obliga a presentar factura electrónica a través de un punto general de entrada, cuando el importe sea superior a 5.000 € (IVA incluido), el Ayuntamiento de Archena está adherido al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACe) de la Administración General del Estado.
Para aquellos proveedores que sean personas físicas y para las facturas de importe inferior, este sistema es voluntario pero aconsejable por todas las ventajas que ello conlleva (ventanilla única de presentación y consulta, formato unificado, codificación unificada de unidades, etc.)
COMO CREAR UNA FACTURA ELECTRÓNICA
- Mediante un programa informático que cree facturas electrónicas (FACTURAe).
- Mediante la intermediación de un prestador de servicios de facturación electrónica (expedición por un tercero).
- Deben firmarse mediante un certificado electrónico reconocido.
- Identificar el órgano destinatario final, para lo cual deberá incluir en los campos especificados de la factura electrónica los siguientes códigos correspondientes al Ayuntamiento de Archena :
- oficina contable L01300098 Intervención Municipal
- órgano gestor L01300098 Concejalías
- unidad tramitadora L01300098 Intervención Municipal
- puede consultar esta información en el siguiente enlace: https://face.gob.es/es/directorio/administraciones/L01300098/relaciones
ENVIAR FACTURA ELECTRÓNICA
El envío de la factura electrónica se realizará a través de Internet. Los métodos más habituales son:
- A través del portal web del punto general de entrada de las facturas electrónicas (www.face.gob.es)
- Mediante la conexión automática entre el programa informático o el servicio de facturación electrónica y el punto general de entrada de las facturas electrónicas.
Los puntos generales de entrada de facturas electrónica le permiten también conocer el estado de tramitación de sus facturas.