El objeto de esta convocatoria es regular la constitución y funcionamiento de una Bolsa de Trabajo para el desempeño de puestos de trabajo de MONITOR DE ACTIVIDADES CULTURALES para desarrollar programas de conciliación de vida laboral y familiar, así como talleres de actividades de ocio educativo y tiempo libre.
Las instancias se presentarán en el Registro General del 18 al 25 de noviembre de 2015, de 09:00 a 14:00 HORAS. El pago de los derechos de examen se fija en la cantidad de 21,00 €.
Más Información en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Archena o en el departamento de Personal y Recursos Humanos o llamando al teléfono 968 670 000 (ext. 1157 ó 1151) o leyendo a continuación las bases específicas:
BASES ESPECÍFICAS PARA LA CONSTITUCION DE UNA BOLSA DE TRABAJO TEMPORAL, PARA CUBRIR PUESTOS DE TRABAJO DE MONITOR DE ACTIVIDADES CULTURALES
1.- OBJETO: Es objeto de esta convocatoria regular la constitución y funcionamiento de una Bolsa de Trabajo para el desempeño de puestos de trabajo de MONITOR DE ACTIVIDADES CULTURALES, para el desarrollo de programas de conciliación de vida laboral y familiar, así como talleres de actividades de ocio educativo y tiempo libre.
Esta bolsa de empleo se utilizará para cubrir posibles vacantes que surjan, según las necesidades del servicio, en desarrollo de subvenciones y/o ayudas recibidas por este Ayuntamiento de cualquier organismo público, así como para cubrir periodos de vacaciones, incapacidad temporal, etc., del personal titular en activo, en los puestos objeto de esta bolsa.
2.- RÉGIMEN JURÍDICO: La relación laboral se regirá por la normativa laboral vigente, y en particular por los artículos 12 y 15 del R. D. L. 1 / 1995 del Estatuto de los Trabajadores, la Ley 12 / 2001, de 9 de Julio (B.O.E. de 10 de Julio), y el R.D. 2720/1998, de 18 de Diciembre (B.O.E. de 8 de Enero). Asimismo le será de aplicación el Convenio Colectivo del Ayuntamiento de Archena, en vigor.
3.- REQUISITOS GENERALES: Los aspirantes, deberán reunir los siguientes requisitos, con referencia al día de finalización del plazo de presentación de instancias:
ð Ser español o siendo nacional de otro estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 57, punto 4, de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. En este segundo caso, los aspirantes deberán acreditar el dominio hablado y escrito del idioma castellano.
ð Bachiller Superior o Formación Profesional de 2º Grado o equivalente
ð Tener cumplidos los 16 años de edad.
ð No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de su función.
ð No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de Estado, Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
4.- INSTANCIAS Y ADMISIÓN DE LAS MISMAS: En las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases tercera y cuarta, se dirigirán a la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Archena, y se presentarán en el Registro General, DEL 18 AL 25 DE NOVIEMBRE 2015 en horario de 09:00 a 14,00 HORAS.
Con la instancia habrá de presentarse la documentación acreditativa de los méritos alegados, pudiéndose presentar fotocopias compulsadas, y la carta justificativa del pago de los derechos de examen, que se fijan en la cantidad de 21,00.- € y que serán satisfechos en la Depositaría Municipal. Una vez finalizado el proceso selectivo, y en el plazo de UN MES, podrá retirarse la documentación presentada. Transcurrido éste, se procederá a su expurgo.
5.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES: Tras acabar el plazo de presentación de instancias, la Sra. Alcaldesa-Presidenta, de la Corporación dictará Resolución, el día hábil siguiente, la cual se hará pública en el Tablón de Anuncios, en la página web del Ayuntamiento, conteniendo: lista de admitidos y excluidos, fecha, hora y lugar para el desarrollo de la entrevista personal, así como la composición del Tribunal.
6.- TRIBUNAL CALIFICADOR: El Tribunal Calificador estará constituido de la siguiente forma:
Ø Presidente: El Encargado de Personal o miembro en quien delegue.
Ø Secretario-Vocal: El de la Corporación o funcionario en quien delegue.
Vocales:
Ø Tres funcionarios del Ayuntamiento de Archena, de igual o superior categoría.
El Tribunal calificador no podrá reunirse sin la asistencia de 3 de sus miembros.
7.- DESARROLLO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS: El presente proceso selectivo constará de las siguientes pruebas:
- a)Valoración de méritos(MÁXIMO 40 puntos). Los méritos alegados, que habrán sido justificados documentalmente por los aspirantes en el momento de presentar la instancia, serán valorados con arreglo al siguiente baremo:
a.1) Titulaciones (Máximo 20,00 puntos). No se valorarán las titulaciones que dan acceso a la presente convocatoria:
ð Formación Profesional (Módulo superior):10,00 puntos.
ð Diplomado Universitario: 15,00 puntos.
ð Grado Universitario (Plan Bolonia, 4 años): 15,00 puntos.
ð Licenciado Universitario (5 años): 20,00 puntos.
a.2) Diplomas en especialidades como Monitor infantil o juvenil, animador socio - cultural, u otros relacionados con el trabajo a desarrollar, impartidos por cualquier institución pública y en los que se haya expedido diploma acreditativo, de acuerdo con la siguiente escala, hasta un máximo de 10,00 puntos:
ð Con duración entre 10 y 35 horas, 2,50 puntos.
ð Con duración entre 36 y 60 horas, 5,00 puntos.
ð Con duración entre 61 y 100 horas 7,50 puntos.
ð Con duración de más de 100 horas, 10,00puntos.
a.3) Experiencia laboral, por cada mes a jornada completa, trabajado en puestos de similar categoría a la del trabajo a realizar 1,00 punto, hasta un máximo de 10,00 puntos.
- b) Entrevista Personal(Máximo 60 puntos). En lamisma se valorarán cuestiones como formación, experiencia, motivación, disponibilidad, actitud y cualesquiera otras características que sean importantes para el desempeño del puesto a juicio del Tribunal.
La calificación final de los aspirantes resultará de la suma aritmética de la puntuación obtenida en las dos fases anteriores. Se establece como puntuación mínima para formar parte de la presente Bolsa de Trabajo Temporal de 50 PUNTOS. En todo caso, el Tribunal se reserva el derecho a modificar este número a la baja, si considera que a la vista de los resultados finales, no hay un número suficiente de aspirantes, aptos, para formar parte de la Bolsa de Trabajo.
8.- PROPUESTA DE CANDIDATOS: Terminada la calificación de los aspirantes y elaborada la relación con la puntuación final obtenida, el Tribunal formulará propuesta de Bolsa de Trabajo Temporal, estableciendo el orden de prelación de los candidatos, de mayor a menor puntuación, obtenida en el proceso selectivo, la cual formalizará ante la Sra. Alcaldesa-Presidenta.
9- INCIDENCIAS: Queda facultado el Tribunal para resolver cuantas dudas o incidencias se produzcan en el proceso de selección y resolver sobre lo no previsto en las presentes bases.
10.- RECURSOS: La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Archena, 13 de noviembre de 2015
Diligencia- Las presentes bases han sido aprobadas por la Junta Local de Gobierno del Ayuntamiento de Archena, en sesión celebrada en el día de la fecha, ajustándose aquellas a la legalidad vigente.
Archena, 13 de noviembre de 2015
El Secretario
Fdo.: Antonio Pascual Ortiz Cantó